Etapas de implementación de la Reforma Laboral en México
El 24 de febrero de de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma constitucional laboral. Por esa reforma, corresponderá a los Poderes Judiciales conocer de los conflictos laborales. El 01 de mayo de 2019 se publicó la reforma correspondiente a la Ley Federal del Trabajo.
La implementación de la reforma incluye la creación de nuevos tribunales laborales. Estos tribunales laborales que dependen del Poder Judicial de la Federación y de los poderes judiciales de las entidades federativas.
Con ello desaparecerán las Juntas de Conciliación y Arbitraje. Esto, hasta que cada una de las juntas finalice con el trámite que tenga vigente hasta antes de la entrada en funciones de los Tribunales laborales.
La complejidad de esa implementación es tal, que se contemplaron 3 etapas para consolidar los tribunales.
Primera etapa de implementación
La primera etapa de implementación comenzó el año pasado. Se publicó en el Diario Oficial de la Federación una modificación al Acuerdo 3/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
En la primera etapa de implementación se contempló a las siguientes entidades federativas para iniciar con los Tribunales Laborales Federales:
QUINTO QUINQUIES. Tribunales Laborales Federales:
- Tribunal Laboral Federal de asuntos individuales en el Estado de Campeche, con sede en Campeche;
- Tribunal Laboral Federal de asuntos individuales en el Estado de Campeche, con sede en Ciudad del Carmen;
- Tribunal Laboral Federal de asuntos individuales en el Estado de Chiapas, con sede en Tuxtla Gutiérrez;
- Tribunal Laboral Federal de asuntos individuales en el Estado de Durango, con sede en Durango;
- Tribunal Laboral Federal de asuntos individuales en el Estado de México, con sede en Toluca;
- Tribunal Laboral Federal de asuntos individuales en el Estado de México, con sede en Naucalpan;
- Tribunal Laboral Federal de asuntos individuales en el Estado de Hidalgo, con sede en Pachuca;
- Tribunal Laboral Federal de asuntos individuales en el Estado de San Luis Potosí, con sede en San Luis Potosí;
- Tribunal Laboral Federal de asuntos individuales en el Estado de Tabasco, con sede en Villahermosa;
- Tribunal Laboral Federal de asuntos individuales en el Estado de Zacatecas, con sede en Zacatecas; y
- Tribunal Laboral Federal de asuntos colectivos, con sede en la Ciudad de México.
Segunda etapa de implementación
De acuerdo al Consejo encargado de la segunda etapa de implementación los estados que implementaran la reforma laboral en el año 2021 son:
- Quintana Roo.
- Veracruz.
- Oaxaca.
- Puebla.
- Guerrero.
- Morelos.
- Tlaxcala.
- Querétaro.
- Guanajuato.
- Colima.
- Aguascalientes.
- Baja California.
- Baja California Sur.
Se estima que sea en el último semestre del año 2021, que entre en vigor la reforma y arranquen los tribunales laborales. De forma similar a como aconteció con la primera etapa de implementación. (últimos meses del año 2020)
Tercera etapa de implementación
Por último, las entidades federativas que finalizarán con la implementación de la reforma laboral de 2019 y que establezcan los tribunales laborales serán:
- Sonora.
- Chihuahua.
- Coahuila.
- Nuevo León.
- Tamaulipas.
- Sinaloa.
- Nayarit.
- Jalisco.
- Michoacán.
- Ciudad de México.
- Yucatán.
Se estima que sea en el año 2022, que las últimas entidades federativas arranquen con la reforma laboral.