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¿Es posible reclamar la paternidad para obtener derechos?

En el derecho, una de las primeras cuestiones o figuras jurídicas que hay que resolver en la vida de las personas es el parentesco. Así, los primeros lazos y relaciones jurídicas que entabla una persona es con sus padres, madre y padre.

En ocasiones es necesario reclamar derechos que implican la modificación de las relaciones jurídicas. Uno de estos es la paternidad, cuando se solicita reconocer a una persona como padre de otra posteriormente al registro del acta. Lo cual

Este tipo de relaciones se asientan como constancia a través de autoridades dedicadas a ese fin. Tal es el caso de las oficinas de Registro Civil en México, que registran los principales acontecimientos en las vidas de las personas. Por ejemplo, el nacimiento, el matrimonio, el divorcio o la defunción de una persona.

Estos hechos jurídicos de esta clase se hacen constar en actas. En el caso del Acta de nacimiento, ahí se hacen constar datos de suma importancia: nombre, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento y padres de la persona. Todos ellos influirán para el resto de la vida de la persona.

Lo común es que se asienten los nombres de ambos padres en el acta de nacimiento (padre y madre). No obstante, en ocasiones el contexto social impide el registro del padre. Eso se puede dar, cuando la madre que registra al menor de edad es soltera. Así, existen circunstancias que impiden determinar con certeza quién es el padre del menor, al menos al momento del registro.

Los códigos civiles y familiares en México, contemplan la posibilidad de que con posterioridad al registro de un nacimiento se modifique el acta para determinar la identidad del padre. Lo que es de suma importancia, pues a partir de esa acta de nacimiento se pueden determinar derechos entre personas, por ejemplo el de recibir alimentos (comida, vestido, vivienda, educación)

¿Cómo se reclama la paternidad a una persona?

Generalmente en este tipo de casos la persona que desea solicitar el reconocimiento de la paternidad de otra, conoce quién posiblemente sea su padre. En otras ocasiones, es la madre de un menor de edad quien desea que se reconozca la paternidad de su hijo, con el fin de reclamar derechos en su nombre (como una pensión alimenticia, por ejemplo).

Para reclamar el reconocimiento de paternidad la persona interesada en el reconocimiento debe acudir ante los tribunales. Específicamente debe iniciar un juicio ante un Juez familiar. Dependiendo de la entidad federativa donde se encuentra podrá ser un Juicio Ordinario Familiar, o bien, un Juicio Especial para tal fin. 

Es decir, hay que preparar una demanda familiar. En ese escrito se expondrá la intención de obtener un reconocimiento judicial de reconocimiento de paternidad, la persona a quien se reclama, así como los hechos en que se sostenga esa solicitud así como pruebas.

Generalmente los hechos consistirán en la descripción de circunstancias de la relación que en algún momento existió entre los padres, que dio lugar a la concepción de la persona. Por ejemplo, el hecho de que los padres entablaron una relación sentimental (o en ocasiones meramente sexual) que tuvo como consecuencia la concepción referida.

Es importante señalar que en la actualidad hay pruebas objetivas que permiten establecer con un alto grado de probabilidad la relación paterno filial. Así, existen pruebas en materia de ADN que pueden ser ofrecidas para acreditar esa relación de padre e hijo. En la mayoría de los casos será conveniente ofrecer esta prueba para acreditar la relación, pues la Suprema Corte en México ha establecido que es idónea para tal fin:

(…) la Primera Sala estimó infundado el que la actora tenga que ofrecer alguna prueba adicional a la pericial en ADN para que se justifique esta medida, ya que tal probanza es la idónea para acreditar el vínculo filial, y con ello el derecho que tiene una persona de conocer su origen biológico. (Illand Murga, 2018)

La prueba de paternidad suele utilizar muestras de sangre o saliva.

¿Puede el padre negarse a practicarse la prueba de ADN?

En la práctica, es común que el padre a quien se le reclama la paternidad se oponga a colaborar con la prueba. Es decir, que no desee practicarse la prueba de ADN (evitando proporcionar el material genético necesario).

El padre puede negarse a realizarse la prueba, no se le someterá físicamente (a través de la fuerza para hacerlo). Sin embargo, las consecuencias serán igual de graves que la prueba fuera positiva a la paternidad.

Dicho en otras palabras: En caso de que la persona que se niegue a practicarse una prueba de paternidad, el Juez deberá presumir la paternidad. Pues es obvio que el motivo principal que una persona pudiera tener para negarse a practicarse una prueba de ese tipo. (Cómo saber que muy probablemente se acreditará que sé es el padre de otra persona).

¿Qué consecuencias tiene la declaración judicial de paternidad?

En caso de que el Juez determine, por medio de una sentencia, que sí existe una relación paterno-filial, nacerán todos los derechos y obligaciones de padre e hijo. Así, el hijo menor de edad tendrá derecho a recibir alimentos por parte del padre.

Cabe hacer mención que en el futuro, y en caso de necesitarlos, el padre a su vez también podrá reclamar el pago de alimentos al hijo. (Cómo puede suceder en cualquier relación jurídica de padres e hijos)

Referencias

Illand Murga, N. ¿. E. (2018, marzo 07). PONDERACIÓN ENTRE EL DERECHO DE UNA PERSONA A CONOCER SU ORIGEN BIOLÓGICO Y EL DERECHO DE OTRA A LA PRIVACIDAD DE SUS DATOS GENÉTICOS. Suprema Corte de Justicia de la Nación. Retrieved diciembre 10, 2021, from https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/sinopsis_asuntos_destacados/documento/2018-06/1S-070318-AZLL-2944.pdf

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