Cómo manejar el ruido en fiestas y celebraciones entre vecinos.
Un problema frecuente entre vecinos suele ser las molestias que se ocasionan por llevar a cabo fiestas o celebraciones. Sobre todo cuando, por el volumen de la música, se altera el orden y la paz de los vecinos.
Al respecto, existen algunas dudas que surgen alrededor de esta problemática social. ¿Una persona es libre de hacer lo que le plazca en su domicilio? ¿Tiene la facultad de poner la música en los horarios y volumen que le venga en gana?
Es cierto que los residentes tienen derechos y libertades para utilizar sus propiedades de acuerdo con sus intereses y necesidades. Sin embargo, estos derechos tienen límites cuando la conducta de un residente afecta a los derechos y a la calidad de vida de los demás residentes.
Cuando se trata de fiestas y música escandalosa en un domicilio particular, estas conductas pueden causar molestias y perturbar la tranquilidad de los vecinos, especialmente cuando se llevan a cabo en horarios inapropiados, como altas horas de la noche.
En muchos casos, las autoridades administrativas tienen la facultad de imponer sanciones administrativas, como multas o la emisión de órdenes de cese de actividades, a las personas que causan molestias o perturban la paz y la tranquilidad de sus vecinos. Esto se debe a que las sanciones administrativas tienen como objetivo proteger los derechos y la calidad de vida de la comunidad en general.
¿Qué se puede hacer en caso de sufrir molestias por este tipo de conductas?
Generalmente existe un área de gobierno, especialmente de los municipios, encargada de solucionar este tipo de conflictos. Dependiendo de la estructura municipal, pueden estar facultadas desde las policías preventivas, jueces cívicos, o bien, un Departamento de ecología o similares, para sancionar estas conductas.
Por lo tanto, lo conducente puede ser presentar una queja o denuncia ante tales instancias, con el fin de hacer del conocimiento de la autoridad una posible conducta sancionable.
Ejemplos de sanciones en algunos Reglamentos municipales de México
Vale la pena analizar cómo es que diversas jurisdicciones en el país contemplan las sanciones de este tipo de conductas.
Monterrey
En el municipio de Monterrey, se regulan estas conductas en el Reglamento de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Monterrey. Así, el artículo 35, numeral 48, establece la posibilidad de ese municipio para imponer infracciones cuando:
Se causen emisiones provenientes de aparatos de sonido, fuentes móviles, así como ruidos o sonidos que molesten, perjudiquen o afecten la tranquilidad, tales como vehículos móviles que transiten por la ciudad, los producidos por estéreos, radios, grabadoras, instrumentos musicales o aparatos de sonido y/o cualquier otra actividad ruidosa; que excedan los siguientes niveles:
Cabe hacer mención que la sanción contemplada va desde 20 hasta 2000 veces la Unidad de Medida y Actualización. (Si bien el Reglamento contempla Salarios Mínimos, éstos deben entenderse como UMAs, cuyo valor diario en el año 2023 es de $103.74 pesos) Por lo que, la infracción mínima es de $2,074.8 pesos.
Ciudad de México
En la Ciudad de México, la autoridad facultada para conocer de este tipo de conductas, lo es la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la CDMX. Además, existe una norma que establece sanciones para conductas de este tipo: Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México.
Artículo 27.- Son infracciones contra la tranquilidad de las personas:
III. Producir o causar ruidos por cualquier medio que notoriamente atenten contra la tranquilidad o represente un posible riesgo a la salud;
Artículo 32.- Para efectos del artículo anterior las infracciones se calificarán de acuerdo al siguiente cuadro:
Artículo 27 fracción B – Clase B
Artículo 31.- Para efectos de esta Ley las infracciones se clasifican y sancionan de la siguiente manera:
Infracciones tipo B, se sancionarán con multa equivalente de 11 a 40 Unidades de Medida, o arresto de 13 a 24 horas o trabajo en favor de la comunidad de 6 a 12 horas.
De ese modo, en la Ciudad de México la sanción por emitir ruidos de cualquier forma. Ya sea por medio de escándalo en festividades, música, o cualquier otro; va desde 11 a 40 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Es decir, un mínimo de $1141.14 a un máximo de $4149.6 pesos.