SCJN: Difícil reparación no es requisito para la suspensión en caso de que exista interés jurídico
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido la jurisprudencia 19/2020. En ese criterio, se resolvió que acreditar daños y/o perjuicios por la ejecución de un acto no es requisito para otorgar la suspensión cuando el quejoso tiene interés jurídico. SUSPENSIÓN A PETICIÓN DE PARTE. LA ACREDITACIÓN DE DAÑOS Y/O…